lunes, 21 de marzo de 2016

Las Victimas en SLP, situación histórica

LAS VICTIMAS (situación histórica)
Colaboración para el programa A Detalle en Global Media
21 DE MARZO DEL 2016

El dolor, la desesperanza, la impotencia, la sensación de abandono, de que nadie puede hacer nada para ayudarles, son las fases por las que atraviesan las víctimas tras ocurrirles un hecho que cambia su vida por completo ya sea por un delito y / o por una violación a los derechos humanos.

Las personas en situación de víctima han sido reconocidas como tal, relativamente hace poco tiempo, podríamos señalar que en nuestro país se contemplaba el apoyo y la ayuda a través de diversas instancias de Derechos Humanos y la Secretaría de Gobernación, es a raíz de la publicación de la Ley General de Víctimas en mayo de 2013, como se precisan los derechos que tienen y se formulan las medidas de reparación integral como responsabilidad del Estado, sin menoscabo de las relativas a la comisión de un delito.

En San Luis Potosí el 11 de abril de 2000[1] se publica La Ley de Atención a la víctima del delito, con una exposición de motivos que hace alusión a las responsabilidades de México frente a los acuerdos y tratados internacionales, especialmente la "Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas del Delito y Abuso de Poder", emitida por la ONU en 1985, incluyendo en el Plan Estatal de Desarrollo de 1998-2003 la creación de un Centro de Atención a Víctimas del Delito.

Estos antecedentes nos dan pauta para referenciar que antes de ello las personas en situación de víctimas estaban en el olvido hasta en tanto se llevara a cabo la sentencia del juez para determinar las medidas de reparación a favor del ofendido u ofendidas.

El nacimiento de la victimología como estudio lo ubicamos en los años cuarenta, y en México es hasta la década de los setenta cuando se empieza a revisar la situación que padece una persona tras sufrir un hecho delictivo. En 1969 se publicó en el Estado de México la Ley sobre Auxilio a las Víctimas de Delito, y se realizaron desde los años ochenta congresos en los que se investigaba la situación de las víctimas.

En San Luis Potosí, la Ley de Víctimas nos está abriendo un camino para una atención integral de las personas que han vivido un hecho que le da un giro a sus vidas de manera negativa. Requieren las personas la ayuda, la asistencia y la atención  inmediata, la protección, el derecho de acceso a la justicia, el derecho a coadyuvar en el proceso penal, el derecho a la verdad y el derecho a la reparación integral, entre otros.[2]

Tenemos que trabajar en que esa atención sea inmediata y con un trato digno y con enfoque diferencial.

Las personas en situación de víctima que están tan vulnerables tienen que ser atendidas sin vivir nuevos hechos que lesionen aún más la condición en que se encuentran. Es obligación del Estado  darle un trato digno desde que recibe la denuncia, actuar con la debida diligencia, con un enfoque diferencial y especializado, que el apoyo y ayuda que se les brinde logre la transformación de aquellas situaciones que pudieron ser la causa del hecho victimizante.

Una persona que ha sufrido una situación que trastoca su vida está en una condición de mayor vulnerabilidad, tiene temor, angustia, desesperación, de que vuelva a ocurrir una situación que la lastime. Ese olvido histórico debe erradicarse y que más víctimas no estén invisibilizadas, ni en el proceso penal, ni en otorgarles la ayuda que requieren a través del apoyo psicológico, médico, de ayuda inmediata, y por supuesto de asesoría jurídica.



[2] Artículo 2 de la Ley de Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, publicada 07 de octubre del 2014.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario