lunes, 24 de junio de 2019

¿EN QUÉ VA LA AVG?


¿EN QUÉ VA LA AVG?
Colaboración para Global Media
24 JUNIO 2019.
En Memoria de las 68 víctimas de feminicidio de 2016 a la fecha
(Reporte tomado de Secretariado Ejecutivo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública)

Las mujeres hubiéramos querido celebrar el segundo aniversario de la Declaratoria de la Alerta de Violencia de Género (AVG) con hechos concretos sobre la erradicación de la violencia feminicida; vamos, por lo menos que en todos los casos de muertes violentas de mujeres estuviera concluida la investigación y con sentencia definitiva en una clasificación del tipo penal como feminicidio.
Llegar a los dos años de la declaratoria de la AVG con actividades reportadas que se justifican ante la Comisión Nacional para prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) pero sin ninguna articulación interinstitucional que muestre el compromiso real del Gobierno del Estado para que exista una estrategia de política de persecución penal, en la erradicación de los feminicidios; ésta, la política de persecución, no va orientada a este tema, porque sigue sin ser significativo para quien lleva a cabo la política pública en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres garantizarnos una vida libre de violencia.
¿En estos dos años cómo ha enfrentado el Estado potosino el fenómeno criminal del feminicidio? ¿Por qué las acciones que se anuncian en los medios de comunicación, no tienen un impacto en el cambio cultura de las personas que ejercen violencia? ¿Cómo empezó el gobierno estatal a diseñar estrategias claves que pudieran replicar los municipios con AVG? ¿Cómo siguió el ordenamiento de la Declaratoria?
Debemos poner siempre en el centro que la violencia contra las mujeres está considerada como un acto de discriminación que impide el ejercicio pleno de todos nuestros derechos y por tanto, es una violación a derechos humanos.
Implementar la AVG en un estado en el que el propio gobernador recién electo solicitó a la Secretaria de Gobernación que la decretara, no ha sido tan sencillo como se esperaba, ni tan mágico como sólo decir que hay voluntad política –sin haberla- para prevenir, atender, sancionar, erradicar la violencia feminicida.
Parecía solo seguir una receta sin complicaciones, sin dilaciones para atender lo que en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se señala como AVG “medidas de emergencia”. La vía más rápida para aparentar la dificultad, la omisión o el NoSéCómo es recordar siempre que estamos frente a un fenómeno cultural multifactorial.
Vamos a desglosar las primeras acciones que el Gobierno del Estado de San Luis Potosí llevó a cabo desde que la Secretaría de Gobernación anunció mediante la declaratoria de la AVG el 21 de junio de 2017, Primero fue identificar que se debía hacer con cada una de las tres medidas:
I.- Medidas de seguridad,
II.- Medidas de Prevención,
III Medidas de Justicia y reparación
Cada una de éstas con cinco, ocho y seis acciones que podrían generar otras tantas como el Gobierno Estatal considerara para dar cumplimiento a las medidas de emergencia.
El primer gran obstáculo que el gobierno encontró es que no había recursos económicos para cumplir la AVG, pero tal como lo diseñó la propia CONAVIM podía el ejecutivo estatal realizar una serie de proyectos en coordinación con la sociedad civil para acercarse recursos, y de esta manera atrajo cuatro millones de pesos mediante la firma del “Convenio[1] de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de San Luis Potosí, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto Estatal de Acciones para el Cumplimiento de Medidas Específicas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de San Luis Potosí”.
Una de las actividades más importantes a realizar con el Convenio referido es el Diagnóstico de tipos y modalidades de Violencia contra las Mujeres en el estado de San Luis Potosí, que se entregó pocos días antes del aniversario dos de la AVG.
Antes de que los recursos pudieran llegar a las arcas del gobierno estatal derivado de este Convenio se iniciaron actividades bajo el cobijo de la Declaratoria,  pero que también sirvieron para refugiar a políticos y política en campañas electorales, claro sin que hubiera efectos, porque hasta hace unos días el ejecutivo envió al Legislativo un paquete de iniciativas de reforma que refuerzan los aspectos de la Declaratoria de la AVG.
Estas actividades tienen que ver en su mayoría con las Medidas de Seguridad y las de Prevención, pero es importante que se articulen para que cumplan eficientemente con lo señalado en la Declaratoria.
Por otro lado en lo relativo a las Medidas de Justicia y Reparación, se ordena la creación de dos aspectos relevantes, uno de ellos es la Unidad de Contexto para la investigación de los feminicidios, homicidios dolosos de mujeres, violencia sexual y desaparición y que muestre las dinámicas delictivas de violencia contra las mujeres; y el otro es la integración de un grupo especializado encargado exclusivamente del análisis de las carpetas de investigación y averiguaciones previas de asesinatos cometidos contra mujeres de 2011 a la fecha, con el objetivo de identificar las deficiencias en las investigaciones.
A cambio de estos dos aspectos cruciales para la sanción de la violencia feminicida, el Convenio referido líneas arriba advierte de la creación del Sistema electrónico de Alertamiento de Violencia contra las mujeres, basado en el instrumento creado por la Unidad de Genero del Instituto Politécnico Nacional en 2009 denominado Violentómetro.




[1] Ver el documento completo del convenio en el enlace https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5538624&fecha=21/09/2018

lunes, 17 de junio de 2019

EN EL DIA DEL PADRE


 EN EL DIA DEL PADRE
Colaboración para Global Media
17 JUNIO 2019.

La paternidad es vista en la historia como la transmisión de la herencia genética, de la herencia nominal, de la herencia en bienes materiales, ser padre implicaba dejar en el hijo varón la responsabilidad del linaje, el apellido. Esto no fue para todos los padres, porqué para dejar hay que tener qué heredar. Pero luego la herencia más importante era proclamarse como padre, sin ninguna responsabilidad más que asegurar a los hijos con parte de su estirpe.
La paternidad está en correlación con los derechos y obligaciones, pero vayamos a la historia, en qué momento los padres dejaron de lado el cuidado y la atención de hijos e hijas, o quizá nunca la tuvieron.
A través del tiempo hemos observado que la paternidad tiene más que ver con el linaje que con la responsabilidad de atender, cuidar y amar a hijos e hijas, ha sido de este modo porque los hombres fueron educados para proveer y atender las necesidades externas al hogar. Es hasta los movimientos de mujeres que empezaron a visibilizar la desigualdad, donde había una gran carga para las mujeres, hubo muchos hombres que dejaron los privilegios heredados y quisieron también emprender una nueva tarea que implicaba participar de la educación de los hijos, de los varones, porque las madres tenían la obligación de cuidar y guiar  a las hijas.
Los movimientos feministas fueron importantes para que como sociedad observáramos las desigualdades en muchos aspectos, pero sobre todo en la carga de responsabilidades que se le asignaron a las mujeres y una de ellas que ocupaba todos los espacios de su vida: El cuidado de la familia. Con esa responsabilidad no había para más actividades, o se dedicaban al hogar o no cumplían con su rol de género asignado. Por eso los movimientos feministas fueron un parteaguas para visibilizar las desigualdades! Para enfatizar la necesidad que también tenia el hombre de cuidar y amar a sus hijos e hijas.

Había una gran estructura cultural que hacía difícil que un hombre tuviera también la oportunidad de hacerse cargo del cuidado y atención, porque el propio contexto le regresaba al rol de género que era el de cuidar a la familia desde afuera del hogar mediante proveerle de sus necesidades, habiendo muchas paternidades ausentes.
Esto ha tenido modificaciones, ha costado años de esfuerzo de sensibilización, reeducación a los hombres de las nuevas generaciones, se les ha denominado de diversas maneras entre ellas las nuevas masculinidades que era hacer a un lado patrones y estereotipos de roles de  género.
Hoy estamos en una era de cambios en el que las familias tienen una nueva configuración, los hombres están empezando a disfrutar el privilegio de la paternidad, y conscientes de ello deben comenzar por cuidarse así mismos en los aspectos físico y emocional.
Por ejemplo la esperanza de vida que tienen los hombres en San Luis Potosí es de 72 años, esto de acuerdo con datos que arroja el documento Hombres y Mujeres 2018[1], en los últimos años se ha aumentado hasta cinco años más, sin embargo se registran defunciones por la falta de cuidado, de prevención  y pueden perder la vida o tener mala calidad desde temprana edad por enfermedades relacionadas al corazón, diabetes, enfermedades del hígado, accidentes y agresiones.
Por un lado ha subido la calidad de vida para los hombres, pero en edades entre los 15 y los 29 años pueden tener accidentes y agresiones que les conducen a la muerte. Es decir, es cuestión de procesos de reeducación, de dejar en los diferentes contextos, de verles cómo las personas que deben ser agresivas y fuertes para sobrevivir, eso debe erradicarse y promover hábitos de vida saludables, porque justo en ese rango de edades se localiza la posibilidad de ser padres.

Los jóvenes se inician de manera temprana a la paternidad a partir de los 15 años, y por otro lado ha crecido el número de mujeres que deciden avanzar en el cuidado y atención de los hijos e hijas sin el apoyo del padre, engendran pero no cuidan, y eso lleva a paternidades no ejercidas con las implicaciones emocionales y de cuidados para hijos e hijas.
Los hombres generalmente no participan en el cuidado y prevención de embarazos, apenas un 16.2 de hombres con vida sexual activa dijo haber utilizado algún método de anticoncepción como es el preservativo, el ritmo o el retiro. Y la cifra disminuye hasta en un 9 por ciento cuando la pareja es estable, es decir que ya no se cuidan de ninguna manera y dejan la responsabilidad de evitar los embarazos a la mujer.
Hay diversos factores que nos regresan la mirada a la necesidad de una nueva forma de ser papá, porque los hombres tienen delante grandes retos, entre ellos dejar el consumo de drogas, de alcohol, el tabaco que han sido detonadores de violencia contra sus parejas y sus familiares. Es indispensable revisar lo que está ocurriendo con situaciones de depresión que ha tenido más casos en hombres y genera situaciones de inestabilidad y desarraigo.
Ser padre no está sencillo frente al nuevo paradigma de las familias de hoy.




[1] Hombres y mujeres en México 2018, INEGI, enlace recuperado el 15 de juniuo de 2019 en http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/MHM_2018.pdf

lunes, 10 de junio de 2019

¿EL LÍMITE DE LOS DERECHOS DE ADOLESCENTES?


¿EL LÍMITE DE LOS DERECHOS DE ADOLESCENTES?
Colaboración para Global Media
10 JUNIO 2019.

¿Los derechos tienen límites? Cuando hablamos de derechos humanos debemos entender que el Estado busca la máxima protección de todas las personas para evitar la afectación a su dignidad, a su desarrollo, a su acceso a la justicia, a su libertad plena, a la igualdad, etc. Hemos escuchado voces que advierten que algunas personas pueden contravenir los objetivos que pretenden alcanzar los derechos humanos al “utilizarlos” para obtener beneficios y ventajas.
¿Hasta qué punto esta idea, que se está haciendo colectiva, tiene una razón válida? Las personas tenemos la oportunidad de emplear todos los mecanismos legales que estén a nuestro favor para evitar que se nos vulneren nuestros derechos, hasta ahí no hay razón para pensar que abusamos de ellos, simplemente que los empleamos. Es muy probable que tengamos una ausencia amplia de información oportuna, clara y genuina de nuestras obligaciones, a veces las personas pueden omitir este aspecto y saltarse hasta el uso de los derechos.
Por ejemplo, la familia como eje de las sociedades, debe protegerse por parte del Estado pero también por parte de la Sociedad, tal como advierte la Convención Americana sobre los Derechos Humanos[1] esta protección es en razón de reconocer que las personas, “(…) hombres y mujeres tienen derecho a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes internas (…)”, con ello desde 1969 la Organización de Estados Americanos llamó a los países en América poner atención en las edades en la que dos personas estaban uniéndose para formar una familia.
Por supuesto que la sugerencia apenas fue atendida por parte de los senadores actuales y modificaron el Código Civil Federal [2] en su Artículo 148 que ya se establece como requisito para contraer matrimonio la edad mínima de 18 años. Esto sin duda tiene un principio de protección para las personas adolescentes o infantes que eran orillados a contraer matrimonio muchas de las ocasiones por haberse embarazado.
Este requisito limita que personas siendo infantes o adolescentes puedan formar una familia, por lo menos de manera legal, por supuesto que de hecho lo pueden hacer, orillados por sus padres, o por el convencimiento en ese momento de que es lo correcto, o lo que les hace felices, o porque piensan en el amor romántico, o porque se les hace fácil, etc.
Pero tenemos que considerar que es importante acercarles información sobre sus derechos sexuales y reproductivos, facilitarles el acceso a la salud, a métodos de prevención de enfermedades de transmisión sexual, a métodos de planificación familiar, y en caso de embarazos tempranos la alternativa de una interrupción asistida en razón de la edad y el riesgo de complicaciones durante el embarazo, el parto y el puerperio.
El embarazo en las etapas de la infancia y adolescencia tiene como consecuencia la trasgresión a derechos también protegidos, a que detrás de ello se haya cometido un delito, quienes se ven con mayores afectaciones siguen siendo las niñas y las adolescentes.
Cuando una adolescente le dice a su familia que tuvo relaciones sexuales y que está embarazada de inmediato se toman “medidas” para hacerle ver el error que cometió, que pueden ser que  la saquen de estudiar, le dejan mayor carga de responsabilidades en su casa, la limpieza, la preparación de los alimentos, o que se ponga a trabajar para obtener ingresos para el futuro bebé, obligándola a contraer matrimonio o a irse a vivir con el adolescente que provocó el embarazo.
A las personas adolescentes o en la etapa de la infancia que se ven forzados a formar una familia, se les está negando varios derechos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes[3] , como son el derecho a la supervivencia y al desarrollo, derecho de prioridad, a la igualdad sustantiva, a la educación, a vivir en condiciones de bienestar, a su sano desarrollo integral, a una vida libre de violencia, a la integridad personal, a la protección de la salud, al esparcimiento, a la seguridad jurídica, entre otros más.
Una niña de 12 años o una adolescente de 14 que hayan iniciado relaciones sexuales o estén embarazadas, es seguramente por omisiones de los integrantes adultos de las familias, puede haber un delito, por lo que es indispensable que a la par de observar el matrimonio infantil como una violación a los derechos de la infancia y la adolescencia, también se les dote de información clara, libre de prejuicios sobre sus derechos sexuales y reproductivos, y que se incluya en el Código Penal la hipótesis de aborto por razones de edad y de pobreza.



[1] Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José), Artículo 17, enlace recuperado el 09 de junio de 2019  en https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm
[2] https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5561717&fecha=03/06/2019
[3] la Ley General de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes, enlace recuperado el 09 de junio de 2019 en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/339082/LGDNNA__Con__ltimas_reformas_2018__hasta_la_del_20_de_junio_.pdf

lunes, 3 de junio de 2019

SALUD SEXUAL EN ADOLESCENTES


SALUD SEXUAL EN ADOLESCENTES
Colaboración para Global Media
03 JUNIO 2019.
Las personas adolescentes requieren de manera emergente información necesaria y sobre todo a tiempo sobre la sexualidad y la forma responsable en que deben ejercerla, mas niñas y niños en edades desde los 12 años y antes comienzan a tener relaciones sexuales, en muchos casos con personas mayores que ellos, lo que significa además que pueden estar siendo víctimas de algún delito.

Cuando una niña de 12 años tiene una relación amorosa y probablemente sexual con un joven de 18 años, estamos ya frente a un delito.

Como personas adultas tenemos la responsabilidad de promover la salud sexual y reproductiva de  adolescentes para prevenir embarazos tempranos, la muerte de la adolescente y de sus hijos por enfermedades relacionadas con el embarazo. Es indispensable que dejemos de lado una visión adultocentrista en la que se crea que no tienen edad para tener relaciones sexuales, y enfocarnos en proveerles además de información, acceso a servicios de salud sexual y reproductiva que incluya el suministro de métodos anticonceptivos y atención médica especializada en cuanto al tratamiento de enfermedades de transmisión sexual.

Niñas y niños en transición a adolescente entre 12 y 15 años y quizá de menos años, se inician de manera desinformada a la vida sexual, y no siempre es entre iguales de edad, sino con personas adultas y es el momento en que se cometen diversos delitos que les coloca aún más en condición de vulnerabilidad. 

Las personas jóvenes no encuentran vínculo entre sexualidad, reproducción y unión conyugal, que por supuestos que esto no está interconectado, sin embargo al momento que una adolescente de 14 años presenta un embarazo, la propia familia le orilla a que tenga que vivir con el adolescente con el que tuvo relaciones sexuales y ahora él se deberá convertir en un hombre de familia con las responsabilidades económicas que le han atribuido por su rol de género. Dos niños intentando construir una familia y muchas veces sin el apoyo de ningún familiar.

 De acuerdo con el documento Situación de la Salud Sexual y Reproductiva[1], editado por el Consejo Nacional de Población las personas adolescentes inician su vida sexual a los 15 años, mientras que datos del INEGI advierten que el comienzo puede ser desde los 12 años. Lo que obliga a las autoridades educativas, de salud, de bienestar, fiscalías, a no obligar a niñas a continuar con un embarazo a edades tan tempranas, debería permitirse la interrupción por cuestiones de la edad.

Los profesionales de salud tienen delante de si un reto que además debe trabajarse a la par que la prevención, y es ofrecer a las adolescentes atención médica prenatal, la Organización Mundial de la Salud advierte que son las autoridades de salud que al conocer que una menor de edad está embarazada debe  proponerles la opción de la interrupción del embarazo, por la serie de riesgos que se corren, pero además porque pueden acudir a la práctica de un aborto clandestino que les agrega debilidades a su situación de vulnerabilidad.

Y por supuesto que debe prestarse una atención especializada a las menores de 14 años porque corren mayores complicaciones en el embarazo y parto y puede correr riesgo su vida.

Nos falta mucha información como sociedad en general para no etiquetar y estigmatizar a las adolescentes, muchas de ellas tienen un embarazo por la carencia de información adecuada, pertinente, a tiempo, veraz. Las familias de las adolescentes no pueden cerrar los ojos al tema de la sexualidad, porque ahora mismo se están informando en sitios de internet que podrían no ser confiables y eso puede generar mayores riesgos para atenderse de manera oportuna por especialistas.

Las niñas y niños que a edades tempranas tienen relaciones sexuales debe revisarse todo su contexto, familiar, económico, de estudios, porque un niño o niña a edades tempranas debe ocuparse de actividades que le motiven a alcanzar un sano desarrollo, que tenga interés por continuar sus estudios, porque tenga información adecuada para que tome decisiones adecuadas sobre su futuro.



[1] Situación de la Salud Sexual y Reproductiva, editado por el Consejo Nacional de Población, México, 2016, enlace recuperado el 02 de junio de 2019 en  https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/237216/Cuadernillo_SSR_RM.pdf