lunes, 15 de mayo de 2017

EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA VISTO DESDE LAS PERSONAS

EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA VISTO DESDE LAS PERSONAS
Colaboración para el programa A Detalle en Global Media
15 MAYO DEL 2017

Hemos visto en nuestro país cambios en la administración de justicia, se reformó desde hace algunos años la Constitución para que pudiéramos tener un sistema de justicia más ágil, para que las personas pudieran tener un acceso a la justicia en pleno respeto a sus derechos humanos, y se reconoce que las personas que habían sido víctimas estaban prácticamente en el desamparo.

Con la reforma de la Constitución en el artículo 20 apartado C [1] se cita por primera vez en la constitución los derechos de las víctimas. Había ocurrido que siguiendo la herencia cultural lo más importante era y sigue siendo castigar al que cometió el delito, sin identificar con plenitud qué acciones debían realizarse a favor de la persona que vivió el delito.

Para tratar de resarcir el abandono a las víctimas es que se constituyeron hace una década algunos centros de atención a víctimas en varios estados del país entre ellos el Estado de México, Nuevo León y San Luis Potosí, con la función de dar apoyo de asistencia y aliviar las necesidades básicas de las personas en esta situación. Las asignaturas que se proyectaron fueron el apoyo de abogados como coadyuvantes en el proceso penal, sin más atribuciones que la daba el Artículo 20 de la Constitución fracción X, con el objetivo de que la víctima recibiera asesoría que fuera encaminada a la reparación del daño, toda vez que los argumentos legales eran pocos para que fuera un sostén de la víctima y por otro lado la asistencia médica de emergencia, que luego derivó en el apoyo psicológico.

Por aquellos años, es decir hace 17 años los legisladores que empezaron a aterrizar los acuerdos internacionales de que México era parte, entre ellos, dar cabida en nuestra legislación a la “Declaración de los principios fundamentales de Justicia para las Víctimas del delito y Abuso de Poder”, emitida por la ONU el 29 de noviembre de 1985; y se consideró como parte clave para atender a la víctima de un delito darle ayuda, ya que las necesidades (así se consideraba en ese tiempo) “(…) eran de carácter psicológico médico, jurídico, social, económico, educativo e informativo”[2].

A nivel nacional en 1993 se empezó a modificar la Constitución y ya se contemplaba a la víctima como sujeto de derecho y con la posibilidad de participar en el procedimiento penal, para que le fueran restituidos sus derechos. Y es hasta 2008 cuando la gran Reforma de la Constitución le devuelve sus derechos a la víctima y se habla de la obligación del Estado en darle un Asesor Jurídico[3] , de darle la asistencia, ayuda de emergencia, acceso a la justicia, un trato digno, ayuda con enfoque especializado, derecho a la verdad, a la reparación integral, entre otros más.

Esto se materializa en una Ley General de Víctimas y leyes para los estados, así como la integración de dependencias especializadas para atender a las personas en situación de víctimas.

Todo esto se ha intentado perfeccionar, y vamos ya por leyes de víctimas de Tercera Generación. Los cambios que se han dado en los últimos 17 años nos dan constancia de los aspectos que se cuidaban en la persona que había vivido un hecho delictivo, y que en un primer momento tenía que ver con la atención médico psicológica, en un segundo tiempo en atender sus necesidades de justicia y ahora en una tercera etapa se ha centrado en la Reparación del daño.

El camino de estas casi dos décadas ha sido muy accidentado, se aprendió a partir de experiencias con las propias víctimas cómo debe ser la atención que deben recibir, se ha intentado construir un modelo único de atención centrado en la sensibilidad para tratar a la persona, en un modelo que debe estar sustentado en criterios de armonización en todas las dependencias que trabajan el nuevo sistema de justicia penal, que vayan al parejo en la atención  y que comienza cuando una persona pone la denuncia de un delito que se le cometió, hasta que concluye en la sentencia del juez, y que con los nuevos tiempos que se marcan pareciera que la brecha temporal se reducirá en más de un 90 por ciento, y con ello se podrá tener la certeza que la víctima no vivirá nuevos hechos que le lesionen y la puedan colocar en nuevos riesgos y/o delitos.

San Luis ha llevado la delantera en atención a las víctimas con una ley en 2010 que ya daba pie a cómo atender a las víctimas de delitos, luego se hace la reforma en 2014, ésta última tratando de empatar las necesidades y requerimientos del Nuevo Sistema de Justicia Penal,   se coloca al órgano de atención a víctimas como parte clave para que una persona acceda a la justicia y a la reparación del daño. Esta experiencia del pasado tuvo algunas buenas prácticas y otras no tanto, era un modelo a la potosina, en la que se pensaba que las víctimas estaban atendidas con despensas y cobijas.

Los cambios en los planteamos legales han tratado de ser contundentes, se ha modificado la ley en materia de atención a víctimas, y la orientación del trabajo se debe centrar en tener presencia en el procedimiento penal como asesor jurídico de la víctima y no como abogado coadyuvante del ministerio público, para lo cual en ésta etapa es en la que se encuentra San Luis Potosí,  se busca la participación activa en el acceso a la justicia, que se alcance la encomienda constitucional de que la víctima tenga la debida representación en el proceso penal.





[1] http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_240217.pdf
[2] Exposición de motivos de la Ley de Atención a la Víctima del delito del Estado libre y soberano de San Luis Potosí
[3] Artículo 20,  apartado C de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos

lunes, 8 de mayo de 2017

FEMINCIDIOS Y MANIFESTACIONES

FEMINCIDIOS Y MANIFESTACIONES
Colaboración para el programa A Detalle en Global Media
08 MAYO DEL 2017

La violencia hacia las mujeres y las niñas tiene efectos secundarios que van desde la situación individual de su sano desarrollo hasta el aspecto social y económico de la sociedad en la que se genera y se reproduce este tipo de violencia.  Las mujeres y niñas hemos crecido en un ambiente que ha normalizado la violencia hacia nosotras y nos ha responsabilizado de ella, pero deja secuelas que no se borran.

En días pasados fue encontrada asesinada una mujer en las instalaciones de Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), además en redes sociales oficiales circularon comentarios que alentaban el pensamiento colectivo de la víctima de feminicio tiene la responsabilidad de la violencia, además se le estigmatizó filtrando información sobre su desempeño estudiantil.

Hace apenas un mes el Gobierno de la Ciudad de México inció la campaña de prevención y reducción de acoso sexual y otras formas de violencia sexual en el transporte público, en el marco del programa de la ONU Mujeres “Ciudad Seguras y Espacios Públicos”[1]  que consiste en dejar un lugar reservado en las estaciones del metro sólo para que esperen y se movilicen mujeres y niñas, pero debe ir aparejado con los procesos de reeducación para agresores que aún no se ha definido con claridad cómo se llevará a cabo.

Las manifestaciones de este fin de semana en contra de los feminicidios nos deja en claro muchas posiciones sobre las protestas y del tema que se protesta, de tal manera que se deja ver que existe un clima generalizado de violencia contra las mujeres  tanto en el espacio público como en el espacio cibernético, en diferentes esferas del espacio público e institucional, como lo es la familia, la educación, el Estado. Han reclamado hombres y mujeres, que la protesta no debe orientarse a la UNAM #NiUNAMenos #UNAMFeminicida, que la UNAM no mató a Lisby.

El espacio académico debe reflexionar en el conocimiento que está generando, ha hecho muchos esfuerzos pero también muchos hombres violentos, acosadores y violadores, se han amparado al cobijo de la autonomía para evitar la denuncia de estos delitos, la UNAM desde hace mucho tiempo ha sido uno de los espacios académicos más sólidos del país y del mundo, por ello la protesta, por ello la exigencia, porque antes del feminicidio, había suspendido de Radio UNAM a Marcelino Perelló [2] por los comentarios que había realizado de que “(…) no hay violación si no hay verga” y la Casa de Estudios Universitaria dejó en claro su postura hacia la violencia contra las mujeres.

Esto qué ha pasado nos permite reflexionar en los siguientes aspectos, uno tiene que ver con que reconocer no es suficiente para un país como el nuestro, las leyes, los diagnósticos, las políticas públicas construidas para eliminar, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres debe traducirse a acciones específicas; otro tema es la violencia contextual que disfraza en lo natural, en lo biológico, las practicas normalizadas de violencia sutil, de microviolencia, los machismos de nuestra sociedad que no tienen que ver con el estutus académico, ni económico, ni social; otro tema es el deterioro de las víctimas y el costo económico que ello implica para el Estado [3].

Es claro que las acciones que se han diseñado están separadas de la realidad y se han traducido en recursos económicos aplicados que no alcanzan aún a verse los resultados en una mejor condición de vida para las mujeres y niñas. Por otro lado estamos en medio de una regresión en la apreciación de la violencia contra las mujeres, se está reproduciendo un discurso que quiere hacer creer que estamos exagerando en la dimensión del problema, que nos estamos confundiendo, que la violencia es la violencia contra las mujeres es como cualquier otro delito en una sociedad convulsionada por el clima de violencia generalizada; que ahora con tantas leyes que nos favorecen deberíamos estar satisfechas. Es cuando pensamos que nos falta mucho tiempo para tener la igualdad que nos han exigido organismos internacionales.

Las mujeres víctimas de violencia, acoso, violación, hostigamiento ven un deterioro severo en su vida privada, las secuelas de la violencia deja un gasto catastrófico por la atención médica que implica, además del empobrecimiento porque muchas veces como secuela dejan sus trabajos, su vida productiva. En el documento el costo de la violencia contra las mujeres en México[4] , publicado en 2016, hace un balance de las implicaciones económicas que tiene la violencia contra las mujeres, el deterioro que se confabula para que hablemos de feminización de la pobreza y el poco trabajo realizado en materia de personas que han cometido actos de violencia contra mujeres.

De acuerdo con el documento en cita, en 2015 un total de 11 millones , 645, mil 059 de mujeres vivieron violencia en su relación de pareja, y en 2013 los feminicidios y homicidios de mujeres alcanzaron la cifra de 2 mil 475, y  el total de hombres sentenciados a prisión por más de 3 años por el delito de violencia familiar fueron mil 441 [5].




[1] http://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/articulos/2017/03/camapana-acoso-sexual
[2] http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/04/07/indignantes-las-declaraciones-de-marcelino-perello-activistas
[3] Al respecto véase http://www.endvawnow.org/es/articles/301-consecuencias-y-costos.html
[4]https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/184345/El_costo_de_la_violencia_contra_las_mujeres_en_Mexico_-_oct_2016.pdf

[5] Idem, véase página 34,

lunes, 1 de mayo de 2017

LA REVOLUCION DEL GENERO #FabianaPortella

DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANS TTT

DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANS TTT
Colaboración para el programa A Detalle en Global Media
01 MAYO DEL 2017

Cuando se habla de derechos de las mujeres transgénero es indispensable visibilizar la carencia de información que tiene la sociedad en general, y es por ello que existen estereotipos que afectan la dignidad de las personas y se reproducen en comentarios que se hacen en el discurso cotidiano, en las calles, en los espacios públicos, en los académicos, en el servicio público, en la familia.
Vamos reproduciendo comentarios que se han adherido a una reproducción sesgada de nuestra visión de las personas, las palabras que se utilizan para referirse a los hechos que ocurren, las visiones de la vida parecen normales y naturales de la vida cotidiana, y se afecta con ellos la dignidad de las personas.
Hemos cómo en todo categorizado de manera dialéctica basada en el aspecto biológico hombres y mujeres, cuando nuestra mirada ni siquiera se quiere detener en el género. Es importante saber para poder nombrar, la Organización Mundial de la Salud (OMS) define al género “El género se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres. (…)” [i]  El género es una construcción social, que nosotros hemos instaurado en donde asignamos funciones, roles, actividades, vestimenta, etc, considerando que el sexo está vinculado a nuestras acciones diarias como personas.
Tenemos que observar en esta clasificación, algunos elementos relacionados con esa condición de género y que es relativa a la identidad y encontramos las siguientes: La Identidad Sexo-Genérica es la que tiene que ver con la vivencia íntima de ser hombre o mujer y de pertenecer al género masculino o femenino, es el sentido psicológico de ser hombre o mujer. Otro aspecto es la orientación sexual[1]  se trata de una atracción emocional, romántica, sexual o afectiva duradera hacia otros.  Y la expresión de género que es la forma en que las personas decidimos exteriorizar nuestra identidad de género mediante nuestra apariencia física, lenguaje y actitudes.
Las mujeres Trans -Transexual- TTT (del acrónimo LGBTTTI)  viven una problemática diferente a las personas que forman parte de estos colectivos, las Lesbianas, Gays, Bisexuales e intersexuales, porque entre otros aspectos su condición sexo-genérico es distinto de su identidad, y son una parte de este colectivo muy vulnerable debido a que han tenido que travesar por situaciones de carácter de salud, de reprobación social, de poco acceso a los derechos vinculados a su condición.
La población transexual [2] para lograr compaginar su expresión con su identidad de género tiene que cometerse a un tratamiento hormonal, para poder hacer un cambio de su condición sexo-genérico algunas personas se deben someter a cirugías [3] y hacer un cambio permanente en  su corporalidad con respecto de su categoría sexual de nacimiento. Es complejo para muchas personas, incluso para la propia ciencia comprender la situación de las personas trans en las que su mente no tiene coincidencia con su cuerpo.
Por su parte la población transgénero puede realizarse tratamientos hormonales y algunas cirugías para colocarse implantes conservando su sexo biológico original. En tanto las personas travestis[4] son las que utilizan ropa o atuendos que están vinculados a su sexo opuesto, y que generalmente no desean hacer un cambio de su orientación  sexual.
Así pues una vez que señalamos estas distinciones hemos visto como desde hace varias décadas en todo el mundo y por supuesto en nuestro país agrupamos todas las categorías diferentes a mujer y hombre, en un grupo al que muchas veces le denominados comunidad y que no siempre arropa los mismos intereses en la búsqueda de derechos, lo que si es que apoya en visibilizar los problemas y dificultades que han tenidos muchas personas para acceder a la igualdad por cuestiones de género.
El sexo biológico nos ha dado la categoría de nuestras vidas, sentimientos y afectos, a lo largo de todo este tiempo, pero nos limita en la realidad, porque acá encontramos personas que requieren del apoyo necesario para acceder a los derechos que están escritos en nuestras leyes, en acuerdos y tratados internacionales y por supuesto en nuestra Constitución.
Con la reforma del 2008 a la Constitución y en la que está primero el principio Pro persona, deja de ser garantista para no sólo reconocer los derechos humanos de las personas sino contar con mecanismos para acceder a ellos y que en caso de que sean violentados se aplique la ley a quien los vulnere. Por ello un paso muy importante fue dejar la discriminación como un delito, tipificado en nuestro código penal federal y los códigos penales de las entidades, en el caso particular de San Luis Potosí se contempla, y da la posibilidad de que una persona que ha sido víctima de este delito pueda poner su denuncia.
La población en general continua aun observando a las personas Trans  como un fenómeno que le inquieta, que si bien por un lado, existe el pleno reconocimiento de derechos como lo es el de la salud, la educación, la identidad, el sano desarrollo, una vida digna, el trabajo, en la realidad sigue habiendo y registrándose casos de discriminación que limita y coarta las posibilidades de las mujeres trans a acceder a los mismos derechos que todas las personas tenemos.
Se convierte en un tema indispensable que debe legislarse para evitar que las personas TTT sigan invisibilizadas, las materias que se han legislado en la Ciudad de México han sido la identidad Sexo-Genérica para que puedan registrarse con su nueva identidad, el matrimonio igualitario, esto permitirá el derecho a la salud indispensable para las mujeres y hombres trans, el derecho a la educación, para que puedan desempeñarse en la profesión que estudiaron, poder acceder al matrimonio igualitario, entre otros derechos.



[1] Al respecto La American Psychological Association (APA) señala “La orientación sexual es una atracción emocional, romántica, sexual o afectiva duradera hacia otros. Se distingue fácilmente de otros componentes de la sexualidad que incluyen sexo biológico, identidad sexual (el sentido psicológico de ser hombre o mujer) y el rol social del sexo (respeto de las normas culturales de conducta femenina y masculina)” http://www.apa.org/centrodeapoyo/sexual.aspx
[2] Al respecto véase http://www.apa.org/topics/lgbt/transgenero.aspx
[3]  Idem
[4]  Idem



[i] http://www.who.int/topics/gender/es/