ATENCIÓN A VÍCTIMAS
29 DE JUNIO
DEL 2015
Colaboración para el programa A Detalle de Global Media
Para
Diana denunciar al abuso sexual de que fue víctima no ha sido un proceso
sencillo. Se ha cumplido un año de que tomamos el caso para acompañamiento.
Para
Diana, interponer la denuncia fue una decisión difícil de afrontar debido a que
se enfrentaba a una persona que goza de un prestigio y reconocimiento por su
labor como defensor de los derechos humanos, entre instituciones estatales y
dentro de las mismas organizaciones de la sociedad civil.
Pese
a ello, en junio de 2013 Diana acudió al Centro de Atención a Víctimas del
Delito (CAVID) de San Luis Potosí; posteriormente su expediente fue turnado a
la Subprocuraduría Especializada para la Atención de Delitos Sexuales, Contra
la Familia y Derechos Humanos de la PGJE, lugar donde ratificó su querella.
Sin embargo, a pesar de visitas constantes para conocer el
avance de las investigaciones, no recibió ningún citatorio ni avances del
expediente. Fue hasta 8 meses después
que por su continúa insistencia recibió los resultados del peritaje
dictaminador en el ámbito psicológico. No obstante, al leer los resultados, se percató que había
declaraciones que nunca hizo, además de que no sé habían realizado bajo los
protocolos periciales correspondientes; no existía firma de consentimiento
informado por parte de Diana y había sido expedida meses después del tiempo
establecido.
Aunado a ello, ha sido objeto de
violencia institucional por parte de las autoridades, quienes además de
revictimizarla, cuestionan la persistencia de su demanda.
¿Qué ha pasado? En septiembre del
2014 se aprobó la Ley de Víctimas para el estado de San Luis Potosí, una ley
que alcanzaba cumplir con lo señalado con la Ley General de Atención a
Víctimas. Una ley que concretará la Reforma de la Constitución en materia de
Derechos Humanos y resarcimiento del daño particularmente en lo referente al
Artículo 25 sobre Asistencia y Protección
a las Víctimas
Las
penas de castigo para el delito por ejemplo de abuso sexual varían de una
entidad a otra, de acuerdo al código penal. En estados como Sinaloa la pena es
de tres meses a un año de prisión, si el abuso se comete en un menor de edad. En
nuestro estado la pena es de dos a cinco años de prisión.
Con la
nueva Ley de Víctimas se pretende que se de atención inmediata a las personas
que han sido afectadas dando un enfoque diferencial y especializado, sin
criminalizarla, apegada a total transparencia en cuanto a la información de sus
expedientes, se debe garantizar la información y el seguimiento de su situación.
Hace
falta que se formalice el Sistema Estatal de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí, además de la
formalización del Programa Anual de Atención a
Víctimas del Estado de San Luis Potosí, el Registro Estatal de Víctimas,
el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de San Luis Potosí,
Asesoría Jurídica Estatal de Atención a Víctimas y el Centro de Atención
Integral a Víctimas.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario