lunes, 20 de agosto de 2018

PARIDAD DE GÉNERO EN POLÍTICA, Por Gloria Serrato


PARIDAD DE GÉNERO EN POLÍTICA
Colaboración para Global Media
20 DE AGOSTO DEL 2018.

El proceso electoral que recién concluyó deja un saldo muy positivo para repensar y reflexionar sobre la igualdad de las mujeres en la política, tema en el que históricamente las mujeres hemos tenido una presencia limitada, hemos empujado la inclusión mediante diversos movimientos, primero educativos y luego sociales, para después incidir en cambios contundentes en las leyes.
Estamos en un momento histórico tramposo, porque parece que hemos alcanzado una igualdad sustantiva en muchos campos, en el laboral, en el educativo, en la ciencia, en el político, sin embargo no es así. Los cambios tienen que ver modificaciones a las leyes o bien la creación de políticas públicas que hagan pleno el disfrute de los derechos, y ahí la estafa, porque si ha habido avances muy significativos, pero no estructurales.
Hagamos un poco de remembranza, ¿Cómo y por qué las mujeres fuimos “incluidas” en las actividades políticas? Nuestro país es generoso en contar con mujeres que han participado y han abierto un camino negado a las mujeres, con un costo muy alto que incluso las primeras mujeres que ganaron una contienda electoral en Yucatán, entre ellas Elvia Carrillo Puerto tuvieron que renunciar ante las amenazas de muerte. Los movimientos sufragistas fueron un parteaguas para que iniciáramos un camino muy accidentado para alcanzar más espacios en la toma de decisiones.
Los movimientos de mujeres desde 1870 se centraron en la educación de las mujeres, por ejemplo La Siempreviva[1] revista fundada por Rita Cetina buscaba que las mujeres tuvieran una instrucción educativa distinta de la que se daba en aquellos años, como era bordar, cocinar y coser. La revista sólo era el mecanismo para analizar y publicar, porque había un proyecto educativo para niñas denominado La Siempreviva, además el comité de este movimiento participó con el gobierno de Yucatán para impulsar la Ley de Orgánica de Instrucción Pública y que se abriera el Instituto Literario para Niñas, esa entidad pionera en la educación para niñas y jovencitas marcó toda una generación de mujeres que empujaron con mucha fuerza los cambios para modificar las leyes y con ello la posibilidad de participar en las elecciones, no sólo votando, sino siendo candidatas, y en 1922 fue el primer estado que le otorga a las mujeres el derecho de votar y ser electas.
De esas fechas en adelante fue un tira y afloje, por ejemplo en San Luis Potosí, se aprueba el voto de las mujeres en 1923, pero fue derogado en 1926. Es hasta 1952 cuando se reformó la Constitución y logramos que las mujeres en todo el país tuviéramos el derecho al voto, sólo que pudieron votar hasta 1955. Nos saltamos en este texto muchos movimientos, que todos fueron importantes para llegar a una posición de reconocimiento de derechos, que la propia Carta de Derechos Humanos había reconocido en su Artículo 21, el 10 de diciembre de 1948.
Pero con todo y todo seguíamos siendo espectadoras de la participación en materia política, podíamos salir a las urnas pero acompañadas, podíamos ser candidatas pero no ganábamos. Por eso y atendiendo resoluciones y convenciones internacionales de derechos humanos en los que se señalaba a los países miembros de la ONU implementar las acciones y cambios necesarios para que se nos respetaran nuestros derechos civiles, políticos, culturales, económicos, sociales, el Estado Mexicano modificó leyes y creó otras que nos garantizarán que podíamos ser iguales frente a la ley es decir que tenemos las mismas oportunidades, ser reconocidas y tratadas como iguales.
En políticas nos tardamos porque nos han puestos trampas, a pesar de las reformas a la Constitución, la creación de varias leyes, entre ellas la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la aplicación de las Acciones Afirmativas, por ejemplo no teníamos las condiciones equitativas para que más mujeres participaran en cargos de elección popular y fue necesario hablar de representación sustantiva, para que fueran propuestas mujeres que nos representaran nuestros intereses, y llegamos a exigir cuotas de género como medida temporal hasta alcanzar la igualdad plena, pero hubo que hacer nuevas reformas a las leyes porque algunos hombres que se sintieron afectados en sus privilegios, sobre todo los grupos internos de cada partido político, al nombrar candidata a una mujer pusieron como suplente a un hombre, y se dio el caso de las llamadas “Juanitas”, que una vez en la curul renunciaban y dejaban el cargo a su suplente hombre.
Dar cabida a las acciones afirmativas o medidas temporales hasta llegar a la paridad,  es decir una representación de 50-50 en los congresos locales, en el federal y en el senado, es la tarea más embrollada que se ha realizado para garantizarnos nuestros derechos; aun así alcanzamos una elección histórica porque por fin se alcanzó el objetivo de que tuviéramos paridad en los puestos de elección popular.
Estamos hablando de 66 años de visibilizar la desigualdad real entre hombres y mujeres en el ámbito político, es decir en votar y ser electas, tener acceso a puestos públicos para la toma de decisiones y aún muchas personas no alcanzar a distinguir porque la pertinencia de las medidas temporales, como ejmplo la disputa interna que se generó en el Partido Acción Nacional, porque una candidata plurinominal se dio cuenta que no hubo paridad al momento de nombrar candidatos, y se aplicó el criterio de cuota de género que era de 70-30, es decir 70 por ciento para hombres y 30 por ciento para mujeres. Al observar y argumentar que no tuvo criterios de paridad se llevó su caso al Tribunal Electoral, que le favoreció en su resolución. El PAN en lugar de aceptar que no se cumplió con la disposición de la paridad, optó por continuar en tribunales a quién le dan esta posición en el Congreso del Estado de San Luis Potosí.
¿Qué ocurre con este hecho? Que no se trata sólo de que el PAN esté representado, porque la posición la tienen ya, sino que no se tenga perspectiva de género para aceptar la resolución, esta en su derecho legal de impugnar la parte afectada, sin duda, pero al tratarse de la aplicación de una acción afirmativa para beneficio de las mujeres podría haberse aceptado sin contratiempos. Este caso es paradigmático, porque sentará precedente para que los partidos se lo piensen dos veces al momento de hacer sus listados de candidaturas.




[1] Peniche Rivero, Piedad, Rita Cetina, La Siempreviva y el Instituto Literario de Niñas: una cuna del feminismo mexicano 1846-1908, Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM)

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