lunes, 16 de abril de 2018

¿HACIA DÓNDE? AVG COMO POLÍTICA PÚBLICA


¿HACIA DÓNDE? AVG COMO POLÍTICA PÚBLICA
Colaboración para Global Media
16 DE ABRIL DEL 2018.

Desde este espacio hemos reflexionado sobre la violencia contra las mujeres, sobre la situación que viven las víctimas, sobre la atención que deben recibir, sobre qué debemos hacer como comunidad y que deben hacer las autoridades. La violencia contra las mujeres de cualquier edad es un asunto que no se ha disminuido sino que se ha hecho más conciencia de los tipos de violencia que se viven.

Hemos pedido desde este espacio a las personas que se postulan a cualquier cargo de elección popular que no empleen el tema para conseguir votos, ni que lo utilicen como una forma de esta en la agenda pública.

Hemos pedido que las acciones que se llevan como forma de cumplimiento de la Alerta de Violencia de Género puedan ser políticas públicas y no sólo acciones de emergencia. La AVG son medidas de urgencia ante la violencia que viven las mujeres, de acuerdo con el Artículo 22 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia  “Es el conjunto de acciones de gobierno, de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por un individuo o una comunidad”  [1]

¿Por qué deben derivarse en una política pública? Porque se podrá considerar las necesidades reales de las mujeres  y de los hombres. Es decir, una Política Pública son acciones de gobierno con objetivos de interés público, de acuerdo con el especialista en la materia Franco Corzo (2017) [2] “(…) que surgen de decisiones sustentadas en un proceso de diagnóstico y análisis de factibilidad”.   El autor advierte que la política pública debe buscar objetivos de beneficio público y que sea resultado de un proceso de investigación y que si no se fundamenta en un diagnóstico y análisis, no es una política pública si no son actos de autoridad.

Dentro de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género[3] emitida por la Secretaría de Gobernación hace 10 meses, se establecen  tres medidas globales que habrán de seguirse, cada una con acciones muy concretas:
I.- Medidas de Seguridad
II.-Medidas de Prevención
III.-Medidas de Justicia y Reparación

La Primera de ellas que son las medidas de seguridad que contempla cinco acciones, está la relacionada con una estrategia de recuperación de los espacios públicos, mediante la implementación de medidas de seguridad  en zonas donde se presenta un alto índice de la violencia contra las mujeres, por ejemplo.
En la Segunda Medidas de Prevención, se pide realizar 8 acciones, entre la que tomé que se lleve a cabo un Diagnóstico Estatal sobre los tipos de violencia contra las mujeres con el objetivo de identificar problemáticas particulares de cada región.
La tercera medida que es la de justicia y Reparación, pide, entre seis acciones, y la que tomé es las medidas de reparación integral del daño, mediante un Plan Individualizado y determinar una medida de reparación simbólica para todas las mujeres que han sido víctimas

Muchas de las acciones que propone la Secretaria de Gobernación deben partir de una base que la podrá determinar el diagnóstico  estatal, es decir saber son exactitud cuáles son los tipos de violencia previo a un feminicidio, la zona geográfica que ocurrió, más allá del municipio, saber qué espacios públicos habrán de recuperarse, qué rutas de transporte urbano son más complejas para la seguridad de las mujeres, qué se debe incluir en los nuevos planes de estudio de los niños, de las niñas, de las adolescentes.
El problema está y es indispensable desde la perspectiva de las políticas públicas, analizar el problema, analizar las soluciones, la factibilidad; determinar quiénes van a dirigir el proyecto de acciones, cómo elaborar un plan de acción, la gestión de los recursos económicos que se requieran, contar con alianzas, convenios con las universidades para que saquen adelante los diagnósticos que pide la AVG sin que signifique una erogación mayúscula.

Esto es, y en el resto de los puntos que señala la Declaratoria, en lo que deben avocarse las personas que quieren un puesto de elección popular,  las mujeres que han sido víctimas y sus familiares requieren de acciones para que no vuelva a repetirse una muerte por razones de ser mujer.



[1] Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia  http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_220617.pdf
[2] Diseño de Políticas Públicas, México, .IEXE Editorial, 2017, https://www.iexe.edu.mx/registrar-descarga-ebook/Capitulo_3_Metodo_ALOP.pdf
[3] https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/233315/Declaratoria_San_Luis_Potos_.pdf

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