PROTOCOLO ALBA
Colaboración
para Global Media
04
DE AGOSTO DEL 2020
Recientemente se hizo la propuesta para la
modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para
dejar asentado la realización de acciones concretas especializadas para la
búsqueda de mujeres y niñas desaparecidas, falta que el Pleno del Poder
Legislativo lo apruebe.
Esta reforma tiene su fundamento en la sentencia
emitida en 2009 por la Corte Interamericana Derechos Humanos que resolvió en el
Caso Campo Algodonero, en la que se le ordenó al Estado Mexicano la
implementación de protocolos especializados para la búsqueda de mujeres
desaparecidas.
La Corte resolvió entre otras cosas, para el caso que
hoy llamamos Las muertas de Juárez, la
necesidad de que las autoridades contaran con protocolos que incluyeran la
perspectiva de género para la localización de mujeres desaparecidas, toda vez
que organizaciones de la Sociedad Civil documentaron que el operativo que
implementó Chihuahua denominado Operativo Alba y luego lo llamaron Protocolo
Alba, tenía sesgos que discriminaron a las familias de las víctimas.
En ese estado en los años noventa, a las madres de las
jovencitas y niñas que denunciaron su desaparición, las autoridades les
trataron con indolencia en no hacer la búsqueda adecuada, subestimando el hecho
al decirles que seguramente se habían fugado con los novios, meses después las localizaron
asesinadas.
La legislatura actual retomó este aspecto que además
es una solicitud de activistas y defensoras de derechos humanos de las mujeres,
porque deben considerarse las variables de condición de género en la búsqueda
de una niña o una mujer desaparecida.
Tener un enfoque especializado por condición de género
implica la necesidad de ver los factores económicos, sociales, culturales,
contextuales, familiares, de violencia de género y la influencia que tienen
sobre las mujeres, que las coloca en una condición de vulnerabilidad y
susceptibles a que sean trasladadas, movilizadas hacia lugares distintos de
donde viven con la intención de la comisión de delitos, como pueden ser la
trata de personas, para fines de explotación laboral, sexual, servidumbre, etc.
En el tema de niños y niñas para la localización y
búsqueda existe Alerta Amber, es un mecanismo que activa medios de comunicación,
supervisión en terminales áreas, de autobuses, carreteras, se apoya en las
personas para la difusión, e incluso la localización, ya que pueden ofrecer
referencias, datos de donde podría encontrarse la niña o el niño que está en el
sistema de Alerta Amber.
Es importante que las autoridades, en este caso las
fiscalías generales de cada entidad, y la Fiscalía General de la República tengan
mecanismos muy claros, como este protocolo de Alerta Amber, para que
identifiquen qué acciones se deben realizar para la búsqueda de mujeres cuando
están en una situación de alto riesgo por los factores mencionados.
Cuando segmentamos la búsqueda admitiendo la
vulnerabilidad se llegan a resultados positivos, sin discriminar a las víctimas
y sus familias, recordemos que hay mujeres en las comunidades rurales,
indígenas, en la zona semi urbanas, que se encuentran aún más desprotegidas que
aumenta el riesgo de ser enganchadas a través de diferentes medios como pueden
ser volantes, anuncios, difusión en redes sociales, generalmente les llegan con
ofertas muy tentadoras de trabajo en el que les prometen altos sueldos.
Hay diversos tipos de enganchamiento, que hace
factible contar con una herramienta adecuada para la búsqueda de mujeres no
localizadas o desaparecidas, el nombre es lo de menos, lo que debe alcanzarse
es herramientas que hagan posible la búsqueda más eficiente.
En algunas entidades el mecanismo Alerta Amber lo han
utilizado incluso para la localización de mujeres, de personas mayores, de
personas con alguna capacidad diferente, con resultados satisfactorios, contar
un protocolo preciso para identificar la vulnerabilidad de cada víctima, hará
más eficiente y colaborativo el proceso.
La iniciativa que propone la legislatura actual en
donde se modifica la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,
deja la responsabilidad de la realización de ese protocolo a las autoridades
estatales, sin señalar quiénes, es importante que sea la autoridad que lo
materialice, consulte a personas expertas en la materia, y sea de verdad un
instrumento que permita una coordinación adecuada entre las diferentes
instituciones tanto públicas, como de la sociedad civil organizada.
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